El 15 de junio, la Cámara de Representantes de Oregón aprobó la ley HB 3075, que obligará a los conductores que conduzcan bajo los efectos del alcohol por primera vez a instalar un dispositivo de bloqueo de encendido como condición de su acuerdo de desvío. Según la ley estatal actual, solo los conductores ebrios condenados están obligados a instalar estos dispositivos.
Los promotores del proyecto de ley lo consideran una importante medida preventiva para reducir los accidentes de tráfico en Oregón, al mantener a los conductores ebrios fuera de la carretera y evitar que los que conducen ebrios por primera vez se conviertan en reincidentes.
Con el fin de garantizar que los infractores por primera vez acaten la nueva ley, la HB 3075 exige que los proveedores de dispositivos de bloqueo de encendido informen a los tribunales o a los coordinadores del programa de desviación cuando se instale, desinstale o manipule un dispositivo. También penaliza a cualquier persona sorprendida conduciendo sin un dispositivo de bloqueo de encendido, mientras que en la desviación con una violación de tráfico de clase A.