OBTENGA UNA EVALUACIÓN GRATUITA DE SU CASO. SIN HONORARIOS A MENOS QUE GANEMOS.
Llámenos o envíenos un SMS 503-222-6333

Lesiones o muertes causadas por las compañías aéreas

Nuestro bufete revisa con frecuencia reclamaciones por lesiones recibidas en vuelos de líneas aéreas, aviones privados y helicópteros. Los viajes en avión -lejos de las imágenes románticas del pasado- exponen a familias y empresarios a los peligros de una industria que constantemente recorta gastos en seguridad y formación.

Casi a diario surgen historias de pasajeros heridos por acciones bruscas o descuidadas. Aunque el transporte aéreo comercial suele ser más seguro que el automóvil, existen pocos estudios que hagan un seguimiento de las lesiones sufridas por los pasajeros durante los vuelos. Según un estudio, sólo los objetos que caen de los compartimentos superiores causan unas 4.500 lesiones al año.

Los derechos de los pasajeros suelen depender de los hechos del siniestro.

Vuelos internacionales

En 1999, el Convenio de Montreal modernizó la legislación internacional sobre indemnización a los pasajeros perjudicados por las compañías aéreas. El Convenio de Montreal establece dos niveles diferentes a la hora de probar los daños. Para las reclamaciones hasta un importe fijo de monedas mundiales promediadas (actualmente unos 156.000 dólares), las compañías aéreas son "estrictamente responsables" de los daños causados por un accidente a bordo del avión o en el proceso de embarque o desembarque. Para las reclamaciones que superen este valor, la compañía aérea puede eludir su responsabilidad demostrando que no fue negligente o que fue la negligencia de otra parte la que causó el daño reclamado. Además, una persona lesionada puede, en el plazo de dos años, presentar una reclamación de indemnización en su lugar de residencia, y no en el de la sede corporativa de la compañía aérea.

Vuelos nacionales

A diferencia de los vuelos internacionales, los incidentes nacionales están controlados por la normativa de la FAA o por leyes más tradicionales que cubren a los "transportistas comunes" para la jurisdicción que se aplica al vuelo o a la aerolínea. Los transportistas comunes, como los autobuses o las compañías aéreas, deben actuar con la máxima diligencia para evitar daños. Además, las reclamaciones pueden estar sujetas a leyes federales (como la Ley de Estadounidenses con Discapacidades) o contractuales. El plazo para presentar reclamaciones puede variar en función de la jurisdicción competente.

Dado que los derechos de una persona lesionada dependen no sólo de los hechos del siniestro y del tipo de vuelo, sino también de las leyes de las distintas jurisdicciones, un asesoramiento jurídico experimentado ayuda a obtener la información necesaria para tomar decisiones acertadas.

Previous Blog Posts:

PORTLAND OREGON

1050 SW 6th Ave #1100
Portland, OR 97204

LAGO OSWEGO OREGON

4230 Galewood St #200
Lake Oswego, OR 97035

BEND OREGON

750 NW Charbonneau St #201
Bend, OR 97701

VANCOUVER WASHINGTON

1220 Main St #400
Vancouver, WA 98660

Barra de accesibilidad

logotipo