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El Tribunal Supremo da la victoria a los fabricantes de vacunas en un caso de responsabilidad por productos defectuosos

    Los fabricantes de vacunas celebran la sentencia dictada el mes pasado por el Tribunal Supremo, que confirma su protección frente a las demandas de los tribunales estatales. El caso se centraba en Hannah Bruesewitz, que en 1993, siendo un bebé, sufrió convulsiones y daños cerebrales permanentes tras recibir una vacuna contra la difteria, el tétanos y la tos ferina (DTP), fabricada por Wyeth.
El Tribunal Supremo fue el encargado de decidir si el caso reunía los requisitos para ser juzgado por un tribunal civil. En 1986, el Congreso creó tribunales especiales para proteger a los fabricantes de vacunas de las crecientes demandas relacionadas con efectos secundarios graves. Los controvertidos Tribunales de Vacunas ofrecen una especie de compensación. Las víctimas pueden solicitar una indemnización sin demostrar la causalidad, pero se fijan límites a la cuantía de las indemnizaciones. El Congreso estableció el sistema tras una gran presión por parte de la industria de las vacunas, que alegaba que los litigios podrían empezar a afectar a la disponibilidad de las vacunas. Los críticos, como la Alianza para la Salud Natural, sostienen que crea un riesgo moral al aislar a las empresas de vacunas de sanciones graves.
El caso Bruesewitz se juzgó originalmente ante un Tribunal de Vacunas en 1995. Finalmente fue desestimado porque el trastorno convulsivo residual no figura entre los efectos secundarios específicos de la vacuna DTP. La familia respondió llevando el caso ante el tribunal estatal de Pensilvania alegando que Wyeth no había diseñado un producto seguro. Time.com informa de que varias reacciones adversas se relacionaron con ese lote concreto de la vacuna DTP, que Wyeth acabó retirando del mercado estadounidense. A pesar de estas pruebas, el Tribunal Supremo se puso finalmente de parte de la empresa y reforzó la protección judicial para todos los fabricantes de vacunas.
La magistrada Sonia Sotomayor, que disintió de la opinión mayoritaria del Tribunal Supremo (6-2), señaló que la ley de 1986 nunca pretendió proteger a los fabricantes de vacunas de los litigios relacionados con defectos de diseño. Sostuvo que la decisión del tribunal impone su propia preferencia política sobre la del Congreso. Continuó escribiendo: "(la) decisión deja un vacío normativo en el que nadie garantiza que los fabricantes de vacunas tengan debidamente en cuenta los avances científicos y tecnológicos a la hora de diseñar o distribuir sus productos".

Haga clic aquí para ver la opinión completa del Tribunal Supremo en el caso, junto con el texto íntegro de la disidencia de la jueza Sotomayor. 

Haga clic aquí para ver un resumen completo del caso. 

                                                                                                               

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